¿POR QUÉ GRATIS? ¿De qué va todo esto?
No me gustan los abusos.
Me parece que "la administración" debería de estar al servicio de la gente, no para abusar de ella.
Creo que hay personas que están tan acostumbradas al abuso que hasta lo defienden, "argumentando" que otros lo harían peor o que es necesario para mantener "un orden".
Creo que demasiada gente demasiado ignorante acepta sin cuestionar y cree que las cosas se pueden cambiar por los métodos establecidos. Creo que quien piensa así es porque nunca intentó cambiar nada.
Creo que no hay mecanismos individuales reales de defensa contra quien abusa haciendo normas que, muchas veces, protegen intereses individuales o recaudatorios pero se justifican "por el bien común y una mejor convivencia".
Creo que hacer normas se ha convertido en "deporte nacional", y que demasiada gente sin la preparación necesaria regula materias que desconoce, o que ya están reguladas, y una persona, de manera individual, no tiene mecanismos reales de defensa frente a ellas.
Leyes hechas por burócratas o funcionarios desde un despacho, normas que no se ajustan a lo que ocurre en el mundo exterior, fuera de esos despachos, pero que una vez que entran en vigor es muy difícil "echar atrás".
Creo que es absurdo la cantidad de normas que se publican diariamente, imposibles de leer siquiera de tantas que son, normas incomprensibles no solo para el grueso de la población, sino también para mucha gente versada en leyes, cada 1 buscando la interpretación que más le convenga en vez de atender al principio de la norma, el motivo por el cual fue creada.
En los últimos años, entre los Boletines Oficiales de ámbito estatal y autonómico se publicaron más de 1 millón de páginas cada año (ojo, no todo son normas, pero vete sumando millones y no te llegará una vida para leerlas).
Es absurdo que la misma materia se regule de forma diferente en cada ayuntamiento. ¿Lo que está bien en un sitio no lo está en otro? Algo falla (en el caso de las playas, por ejemplo, cada ayuntamiento tiene sus propias normas sobre el uso de las mismas, normas que varían de un municipio a otro).
Si te vale de ejemplo "mi caso" te puede ayudar a ver que las cosas no son así (y no es un caso aislado, aunque sí un caso poco habitual).
Lo que me pasó a mí (y que fue lo que originó que empezase a "trabajar sin cobrar por ello") va de una norma que "no había por dónde coger", que entró en vigor en 2016 y que era contraria a la seguridad, al empleo, al deporte, que dejaba a los autónomos por debajo del salario mínimo durante varios meses al año, etc. Dicha norma obligaba a las escuelas de surf a pagar por usar las playas de Coruña.
Yo, que entonces tenía una escuela, decidí cerrarla y, a modo de protesta, seguí enseñando gratis, pues ya estaba demasiado quemado por la burocracia asfixiante, que en este caso no te permitía trabajar (porque no tramitaban los permisos que exigían) durante más de medio año.
¿Te imaginas a Inditex, a una tienda, a una peluquería, una academia de baile, etc. sin poder trabajar durante más de medio año cada año, a pesar de tener carga de trabajo y de no estar haciendo "nada malo" ni que necesitase más regulación de la ya existente?
Pero, a pesar de no poder trabajar, tienes que pagar durante todo ese tiempo, no solo a la Seguridad Social y demás, también tienes que hacer papeleo o pagar para que te lo hagan, tienes que pagar a Costas pero no te tramitan los permisos durante meses, y así cada año.
Desde el despacho y desde la ignorancia se hacen leyes y se cobra, pero no se aportan soluciones.
Y lo peor es que los diferentes organismos están mal coordinados entre ellos.
Es algo así como las 12 pruebas de Asterix y Obelix, cuando tuvieron que enfrentarse a la burocracia.
Mientras, tienes que pagar a tus trabajadores o despedirlos, por la inoperancia de la administración, que pide permisos y manda hacer pero no opera al ritmo que pide a los demás.
Fallan las instituciones y no hay mecanismos individuales reales de defensa para protegerse de ellas.
Lo que viene a continuación es muy largo, y aún así está muy resumido (y creo que no llega, ni mucho menos, a trasladar realmente el por qué de todo esto).
Son muchas horas de llamadas telefónicas, de ir de despacho en despacho, de escritos (más de mil páginas a lo largo de más de 10 años), y uno acaba tan quemado que ya le cuesta hablar del tema (o se "pasa de vueltas" hablando).
Tanto es así, que este apartado son (como mucho de lo que hay en la web) fragmentos de textos, que a veces pierden su sentido, o se repiten, o no se acaban de entender porque habría que conocer el resto de la historia...
Pero son demasiados años ya con esto como para molestarme en hacerlo mejor, quien tiene fe no atiende a razonamientos, y quien atiende a razonamientos le basta con ver un correo de Oleiros en el que reconocen que no tienen los permisos (su escuela municipal estaba operando sin ellos, después de que yo hubiese avisado de que cerraba la mía para no operar sin los papeles en regla, porque no los iban a tramitar en los plazos requeridos) para ver que algo falla (ese email – y muchos otros documentos "sangrantes" - los tienen en el Ayuntamiento de Oleiros, en la Demarcación de Costas de Galicia, lo tiene la Fiscalía de Coruña, el Defensor del Pueblo...)
"Todo esto" tiene la dificultad añadida de que tiene que ver con el mar, y mucha gente no solo desconoce su funcionamiento, sino que cree cosas que no son ciertas y es complicado hacerles cambiar de idea.
Por ejemplo, por mucho aviso de temporal que haya, de la intensidad o el color que sea, siempre hay playas en las que no hay olas.
Ponte a discutir con alguien que no sabe del tema e intenta explicarle algo así (esto no solo pasa con el mar).
Si no me crees y eres de Coruña (y si entraste en una web para aprender a hacer surf es muy probable que no me creas), puedes ir el día que quieras, a la hora que quieras, a la "cara B" de Santa Crisitina, la que da a la ría.
En el otro lado es posible que veas a mucha gente surfeando (algo que mucha gente también ignora, que en Santa Cristina hay buenas olas para surfear, aunque se tienen que dar ciertas condiciones), pero en la cara que da a la ría, la que está más cerca del puente del pasaje, nunca verás olas.
Hay gente que va al gimnasio, o a gritar a un estadio de fútbol, hay quien "decide" empezar a fumar, quien paga más por una camiseta si lleva propaganda de una marca de moda, quien va a una ONG...
A mí me dio por hacer estas cosas de ponerme a enseñar sin cobrar... y no me arrepiento, aunque a veces estoy un poco "quemado".
Cada vez que veo una pegatina de un organismo público que da una subvención, especialmente a una escuela de surf, pienso en lo absurdo que es, que lo que necesitan no es dinero sino que les dejen trabajar y no les ahoguen con papeles e impuestos.
Que permitan ejercer el derecho a la libre elección de profesión u oficio del que habla la Constitución en su artículo 35 (y a poder llegar a un salario mínimo sin que "la administración" te lo quite), y no que no puedas trabajar por culpa de "la administración", que no tramita los permisos que exige, o que los poderes públicos promuevan el deporte y la adecuada utilización del ocio, como dice el artículo 43.3, pero la realidad es que es más complicado conseguir un permiso para poder ir a surfear con un amigo en Miño, incluso en invierno, cuando la playa está vacía, que conseguir tabaco, alcohol u otras drogas, o consumirlo en un establecimiento público.
Son solo algunas muestras de lo absurdo de todo esto.
Un trabajo en principio relativamente honrado, positivo para la sociedad, enseñar a surfear, cómo funciona el mar, promover el deporte, que solo se encuentra con trabas INJUSTIFICADAS por parte de los poderes públicos, que exigen permisos innecesarios.
Lo peor es que la gente que hace normas parece que ni siquiera se molesta en mirar la Constitución y sus principios rectores o las normas que ya hay hechas para regular la materia (por ejemplo el Reglamento General de Costas, en este caso).
Dejo aquí un breve fragmento de un escrito de los que en su día presenté y, si tienes mucho interés en leer, tienes otro enviado 10 años después de que empezase con mi "extraña protesta", 10 años después de seguir enseñando a surfear a diario o casi, tienes vídeos en el canal de "Youtube" de "Namarea surfexperience" (algunos de ellos, dos muy curiosos, aparecen citados en el propio escrito, con los enlaces a los mismos), etc.
"Y parece que nadie, ni siquiera el propio Jefe de Costas (Rafael Eimil Apenela) conoce la propia Ley de Costas, pero al menos tuvo la decencia, en la reunión que mantuvimos, de consultar dicha norma, y pudimos leer, juntos, que el artículo 60, que habla sobre la utilización del dominio público marítimo-terrestre, dice que:
1. La utilización del dominio público marítimo-terrestre y, en todo caso, del mar y su ribera será libre, pública y gratuita para los usos comunes y acordes con la naturaleza de aquél, tales como pasear, estar, bañarse, navegar, embarcar y desembarcar, varar, pescar, coger plantas y mariscos y otros actos semejantes que no requieran obras e instalaciones de ningún tipo y que se realicen de acuerdo con las leyes y reglamentos o normas aprobadas conforme a la Ley 22/1988, de 28 de julio.
2. Los usos que tengan especiales circunstancias de intensidad, peligrosidad o rentabilidad y los que requieran la ejecución de obras e instalaciones, sólo podrán ampararse en la existencia de reserva, adscripción, autorización y concesión, con sujeción a lo previsto en la Ley 22/1988, de 28 de julio, y en otras especiales, en su caso, sin que pueda invocarse derecho alguno en virtud de usucapión, cualquiera que sea el tiempo transcurrido (artículo 31 de la Ley 22/1988, de 28 de julio).
Yo le pregunté qué debía de entender por especiales circunstancias de intensidad, peligrosidad o rentabilidad, y no supo qué decirme. El Jefe de la Demarcación de Costas de Galicia.
Así que yo, que creo que me moví lo suficiente, sin obtener respuesta, seguí el sentido del propio artículo 60
3. En la aplicación e interpretación de los artículos contenidos en el presente título se velará por la aplicación de la normativa vigente que tiene por objeto la conservación y el uso sostenible de la costa y del mar. "
Costas y compañía 10º aniversario copia de un escrito presentado en 2026
De: Fran (...)
Para: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Secretaría de Estado de Medio Ambiente
Dirección General de la Costa y del Mar
Demarcación de Costas de Galicia
C/ San Pedro de Mezonzo, 2 bajo
15071 Coruña
Ruego se haga llegar a las siguientes personas:
– Directora General de la Costa y del Mar
– Jefe de la Demarcación de Costas de Galicia (cargo anteriormente ocupado por Rafael Eimil Apenela)
– Juan Antonio Noguerol Gómez
Asunto: "Canon" por usar las playas (10 años después de su entrada en vigor)
Contenido:
6 páginas de escrito (me llega con que leas esto)
+ Enlaces a 2 vídeos de "Youtube" del canal "namarea surfexperience" (son, cuando menos, "curiosos" y rozando lo surrealista el segundo de ellos) +
3 anexos (1, 1 y 13 páginas respectivamente) que aportan pruebas de lo que digo.
En caso de querer contactarme para cualquier cosa prefiero el teléfono (whatsapp a poder ser) o el correo electrónico.
Expongo"mi caso" 10 años después... (ha pasado tanto tiempo, que algunos de los responsables ya no responderán, por no ocupar ya su cargo, pero la norma y sus consecuencias siguen ahí). Si te escribo es porque te considero responsable, al menos en parte, de lo que cuento en esta "historia", que no es más que una situación a la que creo que demasiada gente se ha acostumbrado: personas que no están preparadas (aunque a veces tengan formación, como es el caso de algunos de los aquí citados) hacen normas sobre materias que desconocen (en este caso todo el mundo desconocía la materia regulada), normas que, por decirlo de alguna manera, empeoran un poco el mundo, que quedan ahí, y que con el tiempo ya (casi) nadie cuestiona.
Si alguien, como yo en este caso, pretende cambiarlo, no tiene mecanismos individuales reales de defensa frente a situaciones así.
Esta ley, que demostré que fallaba y era contraproducente (más allá del afán recaudatorio), no solo no se retiró sino que al año siguiente se extendió al resto de Galicia.
Todo esto va de una norma que entró en vigor en 2016 que obligaba a las escuelas de surf a pagar por usar las playas de Coruña. La norma era contraria a la seguridad, al empleo, al deporte... No había por donde cogerla.
Yo, que creía saber un poco del tema (y a día de hoy sigo pensando lo mismo), me cansé de llamar por teléfono, escribir, pasar por despachos, etc. explicando la situación, y viendo que era inviable y que nadie rectificaba ni asumía sus errores, cerré mi escuela y, a modo de protesta, seguí enseñando a surfear sin cobrar por ello.
Desde el primer momento se constató que la norma fallaba.
Los permisos por los que las escuelas habían pagado tenían que estar listos en marzo, pero como se ve en el anexo 1, había llegado el verano y aún no los tenían.
La Escuela Municipal de Surf de Oleiros estuvo operando sin los permisos que el propio Ayuntamiento de Oleiros exigía a las escuelas de surf.
Antes de cerrar mi escuela, yo había explicado que "La Administración" no estaba preparada para tramitar los papeles que pedía y que, si llegase a pasar algo, se "lavarían las manos".
También es curioso ver (en el mismo documento, anexo 1) cómo se hace la vista gorda con las escuelas que, habiendo pagado, operaban fuera de los horarios establecidos en la adjudicación. Uno de los problemas de "toda esta historia" es que yo no sé lo que sabe la persona que está leyendo esto.
Cualquiera que sepa un mínimo de surf ve que la norma es contraria a la seguridad, porque lo que más seguridad aporta a una clase de surf es escoger bien la playa, según las condiciones del mar, viento, marea, participantes...
Imagina que tienes una escuela de surf y tienes que dar una clase, pero no puedes ir a la playa que consideras más adecuada, pues no has pagado por ella, así que meterás a la gente en otra, aun sabiendo que no es lo apropiado, no solo por seguridad, sino porque la gente va a estar incómoda, "comiendo espumas", pero en las otras opciones te la juegas a que te denuncien (otra cosa que logró la norma de 2016 fue empeorar la convivencia entre las escuelas).
El cancelar una clase no era una opción viable, pues, con las propias estimaciones de "Costas", los autónomos no llegaban al salario mínimo durante varios meses al año (aun así, cuando cerré mi escuela expliqué que no era por motivos económicos, que la mía era viable, el verano anterior al cierre tenía 10 empleados y 4 "chiringuitos").
Antes de 2016, elegías la playa libremente (y a veces muchas escuelas pequeñas, con grupos pequeños, se distribuían en distintas playas).
A partir de esta norma las playas a las que podías ir quedaban limitadas en función de lo que estuvieras dispuesto a pagar. A modo de ejemplo, las de Oleiros, ese ayuntamiento tan crítico con el capitalismo. salían a puja "al mejor postor".
Como a alguno ya os sonará la historia, simplemente explicaré qué papel jugáis en todo esto, y dejo 3 anexos (el correo del Ayuntamiento de Oleiros en el que se ve que no tienen los permisos, un fragmento de un escrito que mandé, tras andar de despacho en despacho explicando que no tenía sentido una norma así y que por ello cerraba mi escuela, para no colaborar con ella, y un recurso a "un pack" de multas de 2018, en el que, quien no sepa mucho del tema, se puede perder un poco, pero creo que se ven abusos suficientes).
Tengo más de 100 000 euros en multas y varios miles más en "indemnizaciones por daños al Estado" por el dinero que se estima que gano y no declaro.
Incluso en 2018, yendo como un particular, estando yo solo en la playa de Miño con los (2) niños de una amiga, que le dice al agente de Costas que yo no cobro por ello pero él le responde que ".lo pone en duda", el agente se inventa (¿copia y pega de algún expediente del año anterior?) un testimonio que ni ella ni yo dimos, y que ni siquiera dice de quién es.
Resultado: multa + indemnizaciones al Estado.
También adjunto 2 vídeos:
- El primero, de un día en que un policía vino a "sacarme del agua" sin saber qué norma incumplía. En dicho vídeo, en el minuto 12:45 el agente de la Policía Local de Miño dice (textualmente) que "Yo puedo poner la mano en el fuego que hay informes de la Policía Local que reflejan eso" (que un padre dijo que llevaba yendo conmigo desde 2017 y que yo no cobraba nada).
Yo estuve años pidiendo en Costas que se informasen, que tomasen testimonios, que se hiciesen pasar por un "cliente", pero que yo estaba indefenso si un agente decía que yo cobraba (porque, evidentemente, a ver quién va a hacer lo que yo hago si no es por dinero).
Tengo multas de niños que mandaban de asuntos sociales en Muros para que los "cuidásemos", y que desde Costas dicen que somos una escuela de paddle-surf porque ven a varios niños subidos en una tabla, multas por llevar a los presos (o ex-presidiarios) de Teixeiro, que mandaban del
¿Ministerio del Interior? en colaboración con ¿Manos Unidas?, multas por gente que no conozco de nada que está surfeando y los agentes dicen que están en clases con "mi escuela", etc. (y, por supuesto, además tengo que indemnizar al Estado por las ganancias que se supone que obtengo con esas actividades).
- El segundo vídeo roza lo absurdo. Es un fragmento de una serie de vídeos en el que, en el Ayuntamiento de Miño, me explican que no se puede enseñar a nadie a hacer surf o prestarle tu material sin permiso municipal, ni siquiera un particular a su hijo (no puedo ir a echarle una mano a mi sobrino, de 5 años, cuando va con una tabla de "Winnie de Poh de los chinos").
Para no extenderme más, paro aquí, y explico a quiénes os dirijo este escrito. Cada uno de vosotros sabréis la parte que os toca, la responsabilidad que os corresponde y lo que habéis hecho o dejado de hacer (y lo que deberíais de hacer para enmendarlo, aunque la postura más cómoda es no hacer nada).
Quien ocupe cargos de otras personas, creo que debe de tener en cuenta que el poder de dicha gente es por hablar en nombre de algún organismo, que es al que representáis ahora.
En MAYÚSCULAS estáis quienes considero más responsables, pero también quienes estáis en minúsculas habéis aportado vuestra parte.
Yo "ya paso un poco", tal vez sea un precio caro lo que me habéis hecho pagar, pero tal vez también valga la pena si consigo que alguna gente empiece a dudar y cuestionarse al menos algunas cosas, como que no hay mecanismos individuales reales de defensa frente a muchos abusos de "La Administración", esa que debería de estar al servicio de los ciudadanos, para hacerles la vida más cómoda, y no para abusar de ellos.
En namarea.com hay más información, y aún así son solo una mínima parte de las más de mil páginas que llevo escritas con todo esto.
No sé si me da más asco o tristeza ver las cosas que somos capaces de hacer por dinero.
Yo sigo (y seguiré) informando a quien se quiera informar y enseñando a todo el que quiera aprender, con independencia de la causa por la que quiera hacerlo, porque creo que el deporte es algo sano, y que el surf va muy bien tanto para la cabeza como para el cuerpo, veo cómo ayuda a mucha gente, etc.
Añado, a modo de curiosidad, aunque no vengan muy al caso, un par de "anécdotas" que me pasaron cuando tenía mi (micro)empresa. Puede ser casualidad, pero no quiero imaginar la de casualidades que se podrán dar con otras más grandes.
En 2014 el Concejal de deportes del Ayuntamiento de Miño, Antonio Bernardo López, me pidió una "mordida".
En 2015, Chema, del Atlético Arteixo, me propuso que le emitiese facturas falsas para repartirnos el dinero de las (muchas) subvenciones que recibían.
Seguro que ninguno de ellos, por lo que ha hecho, ha tenido ni la mitad de la mitad de la mitad de la mitad de los problemas que he tenido yo por plantarle cara a "La Administración", que en vez de rectificar ha arrollado con mi empresa y todo lo que había construido (y me sigue embargando, a modo de recordatorio, para que no me olvide que con "La Administración" es mejor callar y someterse (a pesar de todas las campañas que se hacen contra el bullying, yo nunca he sufrido tantos abusos o "maltrato" como por parte de "La Administración").
Os he enviado el mismo documento a:
Demarcación de Costas de Galicia:
– RAFAEL EIMIL APENELA, antiguo Jefe de la Demarcación de COSTAS de Galicia (ahora jubilado, seguro que cobrando una buena pensión), que fue quien, en 2016, firmó la norma que se publicó en el BOP de Coruña del 5 de enero (y su posterior ampliación el 4 de febrero). En la reunión que mantuvimos me pareció una persona formada, prudente, educada, pero no preparada para su cargo, pues lo mínimo que se debe exigir a un cargo así es ser responsable (se suelen justificar los elevados sueldos basándose en la responsabilidad, pero cuando hay que asumirla de verdad parece que todo el mundo se escaquea), y la responsabilidad implica también rectificar cuando se ve que algo no funciona (empezando porque no se tramitan los permisos que se exigen).
Fue la única persona, de todas con las que hablé y a las que cité el artículo 60 del Reglamento General de Costas (que viene a decir que el uso de la playa es libre, público y gratuito, salvo que concurran especiales circunstancias de intensidad, peligrosidad o rentabilidad), que se molestó en sacarlo y leerlo (ninguna de las personas con las que traté en ningún momento parecía conocer su contenido). Cuando le pregunté cómo debía interpretar esas especiales circunstancias, cuál de ellas se daba "en mis casos", dijo (él, el Jefe de Costas), que no sabía, que era una norma que venía de Madrid. No sé qué sentido tiene una norma que nadie sabe interpretar, pues si él no sabía, ¿quién se espera que pueda saberlo?
Creo que esto es algo que pasa mucho, se hacen normas que ni la gente más formada sabe interpretar. Algo falla.
En la actualidad, no sé quién ocupa su cargo, pero entiendo que alguien debería de hacerse responsable de lo que él hizo con su autoridad y en representación de la Demarcación de Costas de Galicia.
– JUAN ANTONIO NOGUEROL GÓMEZ, instructor de varios procedimientos sancionadores contra mí (entre otras "joyas" confundía ingresos, beneficios y rentabilidad).
En 2017, con un "pago" de un dibujo o una idea para un mundo mejor", estimó unos beneficios de 7,39 euros al día por persona (lo que vinieron a ser, entre duplicidades y demás, varios miles de euros).
– Directora General de la Costa y del Mar. No sé quién es ni me reuní nunca con ella, pero al final de este texto adjunto un escrito que presenté, como alegaciones a multas y abusos "de COSTAS", en 2020, y que, si tiene un poco de vergüenza, responsabilidad o sentido común, debería, como mínimo, ponerse "colorada" o sentir remordimientos por no haber tenido en cuenta lo que en su día alegué.
Ayuntamiento de Oleiros:
– MARCOS VEIGA RODRÍGUEZ, encargado de la redacción del pliego que reguló las condiciones para la utilización de las playas de Oleiros por parte de las escuelas de surf.
Cuando nos reunimos, también me pareció una persona educada.
Desconocía que Santa Cristina se usaba para hacer surf (pero ahí estaba, regulando).
Me preguntó por qué me metía tanto con Oleiros, si en mi web (namarea.com) decía que yo no iba a Bastaigueiro y que recomendaba no hacerlo, si se tenía otra opción.
Le expliqué que una cosa era que yo, por respeto a los bañistas y demás usuarios de la playa, no fuese cuando había gente, y otra es que él me prohíbiese ir si no pago para usar "sus" playas.
En su regulación, solo se permitía que las escuelas de surf diesen clases en horario de socorristas, es decir, cuando más gente hay en la playa (aunque él sabía que se saltaban los horarios de la licitación y "miraba para otro lado").
Le expliqué que en Oleiros se hacía apología del Che Guevara con recursos públicos, y que el Che Guevara luchaba contra los latifundios y los grandes propietarios. Con su norma cerraron dos escuelas pequeñas (más la mía, 3 en total, pero en mi caso no la cerré porque no dieran los números sino por negarme a contribuir con todos esos abusos) y alguna más al año siguiente. Él no sabía nada al respecto (le expliqué que "él conocía a "Carrefour" y "El Corte Inglés", pero yo además conocía a los "ultramarinos y supermercados de barrio").
En varias ocasiones informé de que la Escuela Municipal de Surf de Oleiros estuvo durante meses operando sin los permisos que el propio Ayuntamiento exigía a las escuelas de surf.
Me "obsequió" con una multa de 3000 euros por la "realización de actividades económicas advertidas en 2 o más ocasiones, siendo esas ocasiones una en la que un agente de la Policía Local recogió un testimonio (el único recogido en todo este tiempo que hiciese constar en algún informe además del de Miño que en Costas "desconocen" o no quieren conocer) que dijo que yo no cobraba, y el otro día fue el "SURF CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ABUSO DE PODER", publicitado como actividad gratuita en las redes sociales y que incluso salió en un periódico (al menos) al día siguiente.
– Ángel García Seoane ("Gelo"), alcalde de Oleiros y, como tal, responsable de Marcos Veiga. Solo "hablé" una vez con él (habló más de lo que escuchó), un día en que fui a entregarle una tabla de surf, de regalo para él, con frases filosóficas (en ningún caso ofensivas), de paso que llevé al Ayuntamiento una obra de arte, realizada por una persona profesional del arte, unas tablas de surf con el "alma" (madera interior de las tablas de surf) rota y dibujos relativos al capitalismo y frases del Che Guevara críticas con medidas como las adoptadas, del estilo de "Café para todos o no habrá café para nadie" (que no solo pudiesen usar sus playas quienes más pagasen).
En la multa "de Marcos Veiga" se citan mis críticas al Alcalde de Oleiros, pues uno de los días repartimos hojas con información (no opiniones) como que en Bastiagueiro se cobraba "la ORA" en un aparcamiento de tierra que solo se usaba por la gente que iba a la playa, y que podías estar todo el tiempo que quisieses mientras pagases, o que el alcalde usaba los paneles luminosos públicos para exponer ideas privadas.
Yo pedí permiso en varias ocasiones para hacer lo mismo con mis ideas o que me explicasen cómo había que hacer para poder utilizarlos, pero nunca me respondieron.
Ayuntamiento de Miño:
– MANUEL VÁZQUEZ FARALDO, alcalde de Miño, que, si bien en principio no tendría nada que ver con esto, a pesar de que sí tiene su Ayuntamiento, en 2021, después de que yo me negase a obedecer varias órdenes (con nombre y apellidos) del Jefe de COSTAS que me mandaban "cesar en mis actividades de enseñanza de surf (...)", contestando que si alguna norma lo prohibía para todo el mundo sí, pero no para mí "con mi nombre y apellidos", firmó una ordenanza municipal que prohíbe enseñar a hacer surf o bodyboard incluso a tu hijo, o dejarle tu tabla de surf a alguien, como un particular, sin dinero por el medio, (fue una norma "hecha para mí", que nunca se ha aplicado, salvo conmigo).
Lo peor es que, la gente que nada se cuestiona, será capaz de justificarla.
Nos reunimos en 2021, pero no dejó que grabase. Me pareció mucho más prudente, formado y educado que la funcionaria de su Ayuntamiento que aparece en el segundo vídeo que adjunto (y alguno más que hay colgado en Youtube) explicándome que para ir con mi sobrino (de 5 años) con su tabla de body a echarle una mano necesito un permiso del Ayuntamiento, y que tengo que ir antes de las 9 de la mañana o después de las 10 de la noche (entre otras "perlas").
– Jefe de la Policía Local de Miño: desconozco quién es, pero la Policía tiene (o debería de tener), al menos, un testimonio de un padre que, en una ocasión (en 2020), en una de las muchas veces en que un agente vino a "identificarme", por "mis actividades de enseñanza de surf", se acercó a él y le dijo que él llevaba desde 2017 viniendo con sus hijos y que yo nunca le había cobrado nada.
El agente, el que aparece en el vídeo (https://youtu.be/sYoYZZQGyiw?si=lTifBIuE4rxPnXi9) seguro que sabe quién soy, creo que "fran el de namarea" era suficientemente conocido en el Ayuntamiento, y estoy seguro de que él (como dice en ese mismo vídeo) ha recogido en algún informe que yo no recibo dinero por lo que hago.
Nótese que, en ese vídeo, el agente me dice (en el primer minuto) que evidentemente, como particular, claro que puedo enseñar a la gente a surfear, pero unos días más tarde me llamó por teléfono y me dijo que no, y me mandó por Whatsapp la norma que prohíbe enseñar a
nadie o prestar tu material sin permiso del Ayuntamiento.
Por cierto, ese agente siempre fue amable, no como un señor mayor que todo lo que recuerdo de él son malos modales y que se negaba a decirme la norma que incumplía porque, según él, "lo sabía de sobra", y se negaba también a abrirme las dependencias policiales (por falta de presupuesto se abrían cuando llamabas, si no el (¿los?) agente(s) disponible(s) andaba patrullando por el pueblo), pues yo quería dejar por escrito mis alegaciones y peticiones, por sentirme indefenso, pues si no me explicaban qué norma incumplía la situación se seguiría repitiendo indefinidamente.
Creo que lo mínimo que puedes hacer es comunicar esa información a la Demarcación de Costas de Galicia (aunque ya haya sido comunicada en el informe que cita el agente del vídeo). Son muchos miles de euros y muchos abusos de la policía que, en principio, debería de estar al servicio del ciudadano, para darle tranquilidad y seguridad (y no para hacerle temblar cada vez que ves a alguien de uniforme).
Creo que la Policía Local debe saber lo que pasa en su municipio y mi caso, aunque puede que ahora esté "un poco olvidado", era bastante conocido (y mucha gente del pueblo venía y todo el mundo sabía lo que había).
Yo me niego a volver a solicitar otro informe de "Miño", pues me hacen pagar por ellos, a pesar de ser "mis expedientes", en virtud de los que me sancionan (desde Costas).
Cada uno de vosotros sabréis la parte que os toca. Yo ya he escrito y pedido demasiadas cosas durante demasiado tiempo (van 10 años ya), y nunca me habéis hecho caso.
Espero que estéis orgullosos de lo que le habéis aportado al mundo.
Solicito que cada uno haga lo que considere pertinente en virtud de sus responsabilidades y del organismo al que representa.
Coruña, 4 de mayo de 2026
Fran (...)
Enlaces a vídeos publicados en youtube.com (canal "namarea surfexperience")
(Untitled video, 2021)
Vídeo sin título de 2021 de 13:31 minutos de duración (en el minuto 12:45 el agente dice que hay un informe en el que un padre declara que lleva yendo desde 2017 y yo nunca le he cobrado nada)
Miño, normativa 2021, BOP 12/03/2021, ORDENANZA REGULADORA DO USO DAS PRAIAS DO CONCELLO DE MIÑO, 4:54 minutos de duración
La funcionaria del Ayuntamiento de Miño me dice que necesito un permiso para ir con mi sobrino de 5 años a echarle una mano mientras juega con una tabla de body "de los chinos". Este vídeo es uno de varios grabados en el mismo día, con el mismo motivo (más tarde me reuní con el alcalde (Manuel Vázquez Faraldo)y la misma funcionaria, para que él, que fue quien firmó la norma, me corroborase que para estar con mi sobrino mientras surfeaba o prestarle mi tabla de surf a alguien necesitaba autorización municipal. El alcalde me dijo que si grababa él no hablaba, así que apagué el móvil, pero la situación fue parecida (aunque el alcalde parecía una persona más formada, prudente y educada que la funcionaria que aparece en este vídeo)
El artículo en cuestión es el 23.2
Coruña, 4 de mayo de 2026
Fran (…)
ANEXOS
Anexo 1: email de Marcos Veiga (Ayuntamiento de Oleiros), textual (simplemente he omitido los destinatarios, que eran las escuelas de surf que habían pagado para poder usar la playa de Bastiagueiro).
DE: Marcos Veiga Rodríguez
ENVIADO EL: miércoles, 29 de junio de 2016 12:01
PARA: escuelas de surf que pagaron en 2016 para poder usar la playa de Bastiagueiro
CC: Juan M. Suarez Vilas jm.suarez@oleiros.org
ASUNTO: BORRADOR permiso escuela de surf
A lo que voy, lo que os paso para vuestra consulta es el borrador de la resolución por la que se acordará el permiso. Es un borrador porque a día de hoy NO tengo la autorización preceptiva de la Demarcación de Costas, no expediré el permiso municipal hasta que no tenga el permiso de Costas. Podéis consultar esta resolución y veréis que pongo una referencia aún en rojo a la fecha de entrada del permiso de la Demarcación de Costas, porque no se ha producido y desconozco cuando será.
De todos modos, veo conveniente adelantarlo a vosotros a los efectos de que conozcáis la postura del Concello en orden al reparto de los turnos. Se ha tratado, como sabéis, de conciliar todos los intereses, tanto de las escuelas que han llegado a un acuerdo al efecto, y que lo metieron por registro en mayo, como de Vazva, que se posicionó de otra forma, pero que se asume sus pretensiones de trabajar durante todo el día. La resolución abarca los dos meses de verano, julio y agosto.
Hace unos 10 días me llamó el jefe de la Demarcación y me comentó que se habían retrasado en la gestión del expediente de las escuelas de surf (recuerdo que el BOP de enero comentaba el funcionamiento del servicio a partir de marzo), pero que contaba con que la documentación estaría preparada para el 1 de julio. Como quiera que cuento con esa fecha, pero que también faltan sólo dos días para ella, podéis ver que tengo el permiso municipal preparado, pero para tenerlo firmado tenéis que esperar a que Costas me lo mande antes al Concello. Creo que está suficientemente explicado.
En cuanto a los turnos, y la diferencia de horarios de la propuesta presentada por registro y los de la resolución. El pliego regulador contiene un horario del servicio que en la resolución tengo que respetar, de 11 a 20 horas. El horario que se planteaba era mayor. Yo readapto vuestra propuesta al horario que se puede autorizar. Ello no implica que podáis operar antes o más tarde por vuestra cuenta y riesgo. Pero insisto en que eso será vuestra organización propia y vuestra responsabilidad, lo que me pertenece es clarificar el horario del servicio en los tiempos que marca el pliego regulador y es lo que se trasladará al servicio de Salvamento para control cuando esté la resolución firmada.
Una cosa que si está clarificada por el paso del tiempo es que las escuelas autorizadas seréis 6, no más.
Anexo 2: Fragmentos de un escrito presentado tanto en la Demarcación de Costas de Galicia como en los Ayuntamientos de Miño y Oleiros, el 22 de febrero de 2016, en relación al " canon por usar las playas", donde explico mi decisión de cerrar mi escuela y los motivos que me llevaron a hacerlo:
" (...) Me gustaría saber cómo tengo que actuar, qué normativa es la que debo de incumplir o lo que debo de hacer, pues no le veo sentido a volver a obrar como el año pasado(*), ni tampoco dispongo de fondos para hacerlo. Llevo muchos días sin dedicarme a mi actividad por culpa de leerme las diferentes leyes de cada organismo; esta vez mi escuela va a cerrar, seguro(...)
(...) Estoy abierto a toda clase de consultas y asesoramiento, si se me requiere, y también estoy dispuesto a cumplir las leyes, pero en este caso, por el contenido de las mismas, la única forma que veo de actuar sin esperar "represalias" a cambio es pagar y evitar sanciones, pero no por operar correctamente, sino porque solo así se tendrá en cuenta (o no se tendrá en cuenta) lo que haga quien ha pagado por ello, que en cualquier caso se verá obligado a incumplir alguna norma.
Luego, por una cuestión ética y de principios, cierro la escuela de surf. Como ya he explicado a otros compañeros de otras escuelas, tal vez acabe durmiendo debajo de un puente, pero lo haré con la conciencia tranquila (he de señalar que mi empresa era viable económicamente, pero la Administración, con su irresponsable modo de operar y de legislar, ha logrado que cierre la escuela que tanto trabajo me costó levantar (...)
Continuaré, por el momento, dando clases, sin ánimo de lucro, porque me gusta, porque creo que es beneficioso que la gente aprenda algunas cosas sobre el funcionamiento del mar, porque en el agua, como en tráfico, hay unas normas para evitar accidentes y colisiones (casi todas tienen lugar entre principiantes). Creo que es beneficioso también el tener alternativas de ocio saludable, y que es mucho más eficiente y positivo prevenir problemas tan graves como los relacionados con el ocio asociado al alcohol y las drogas (por no citar otros como las depresiones, suicidios, etc.), que tener que gastar grandes sumas en reparar daños difícilmente reparables. "
(*) En 2015 había pedido 3 permisos para poner 3 instalaciones de temporada, en distintas playas, 2 en los meses de julio y agosto (en uno de ellos me respondieron en septiembre, en otro a finales de agosto) y otra de mayo a octubre, en Miño (yo solo quería julio y agosto pero me dijeron que o los 6 meses o nada), y, después de que "se torcieran las cosas", desde Costas me dijeron que el permiso que me habían dado (de palabra) en Miño no tenía validez, porque ellos aún no le habían dado la autorización al Ayuntamiento (se la dieron el 11 de agosto, a pesar de que yo tuve que pagar desde mayo).
También pedí permiso para instalar un váter químico de obra en la playa de Area Maior (Muros), de cuya instalación, mantenimiento y retirada me haría cargo yo (a través de mi empresa), y cuyo uso sería libre, aunque estos fragmentos se refieren a los casos de las instalaciones para guardar material deportivo.
Anexo 3:
De: Fran(...)
Para: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Secretaría de Estado de Medio Ambiente
Dirección General de la Costa y del Mar
Demarcación de Costas de Galicia
C/ San Pedro de Mezonzo, 2 bajo
15071 Coruña
Att. Directora General de la Costa y del Mar
Ruego se haga llegar una copia a Rafael Eimil Apenela (Jefe de la Demarcación de Costas) y otra a Juan Antonio Noguerol Gómez (instructor del expediente sancionador).
Asunto: RECURSO DE ALZADA DEL EXPEDIENTE NUESTRA/REF: OA MIÑO 13/01.19
Notas previas:
0.- Me ha llegado una multa, con una carta de pago, por el importe de la misma (9710,40 euros) y las indemnizaciones por los daños causados al Estado (820,29 euros), cuando vuestra última "carta" venían duplicadas, una a mi nombre y otra a nombre de una asociación que ya había dejado de operar el año anterior.
No sé si se os ha traspapelado o si ante mis acusaciones de que el agente medioambiental NGSC8905 levantó 8 falsos testimonios (básicamente se limitó a copiar y pegar lo mismo en todos los informes) y viendo que la asociación a la que acusabais efectivamente había dejado de operar el año anterior, habéis "¿perdonado?" esa multa o habéis hecho por olvidar.
En relación a esto de multas duplicadas, tanto en 2016 (triplicadas, la misma multa, por el mismo concepto, a 3 personas diferentes, yo, mi empresa y la asociación que presidía) y en 2017 (yo y la asociación que presidía) habéis mandado siempre todas las multas, siempre dando la opción del descuento si asumía la responsabilidad (es decir, si no presentaba alegaciones) del 20% y otro 20% por "pronto pago" (a veces me seguíais dando esa opción más de un año después).
Como en otras ocasiones he alegado, creo que eso supone indefensión (por ejemplo, en este caso, si hubiese asumido responsabilidad y pagado pronto, este "lote" me quedaría en 12.636,83 euros, y habiendo recurrido, aún con todo lo que abusáis, queda en un máximo de 10.530,69 euros, que en mi caso subirá porque me niego a pagar y acabaréis embargando).
Al igual que os pedí (como favor personal) en el anterior recurso, me gustaría que me mandaseis las multas en un solo "pack", todas el mismo día, si total básicamente lo que hacéis es copiar y pegar, podéis meter las de 2019 y 2020 y mandarlas en el mismo sobre, o al menos en la misma fecha, pues al final no vivo entre ir y venir a por multas, redactar recursos, etc.
Una vez más, y aunque sea a modo de favor personal, antes de mandar las multas de 2019 haz el esfuerzo y agiliza las de 2020, al menos en Miño estuvisteis sacando fotos los 2 años y para mí es más cómodo.
1.- Escribo en masculino por una cuestión de economía del lenguaje.
Tal vez mi uso de la lengua no sea el más adecuado pero creo que se entiende de sobra lo que quiero transmitir.
2.- No uso el trato de usted, pues como ya he explicado en anteriores escritos el respeto para mí es otra cosa, y prefiero el "tuteo" al "puteo" al que me veo sometido (sobran ejemplos, como hacerme ir a buscar las imágenes de los expedientes sancionadores en los que me multáis por dar clases de paddle surf sin tablas de paddle surf a la Demarcación, a pesar de que os había entregado un DVD y os dije que me las podíais mandar por email, ir a primera hora, que me mandéis volver a última hora, volver a última hora y no me las entregáis... y todo llevando un escrito firmado por el Jefe de Costas en el que decía que pasase por las dependencias en horario de oficina a recoger las imágenes de mis "multas").
3.- Esto del "culebrón del canon por usar las playas" viene ya muy largo, y como en anteriores ocasiones ya he comprobado que casi da igual lo que alegue, ya no me voy a molestar en sacar documentos concretos, sino que hablaré más "de memoria", sin citar las palabras textuales o las fechas concretas (aunque tiraré mucho de "corta-pega", como el agente que se inventa los testimonios de los informes). Baste como prueba la dejadez en las funciones que he denunciado varias veces ya, ante vosotros mismos, y ahí seguís, mandándome multas, sin molestaros en tomar testimonios, en informaros, en recabar información...pero ahora ya ni siquiera en identificar al infractor o los infractores.
EXPONGO:
ANTECEDENTES DE HECHO (lo que ponéis vosotros lo pongo en mayúscula, mis comentarios en minúscula):
1. SE HA NOMBRADO INSTRUCTOR DEL PRESENTE EXPEDIENTE A JUAN ANTONIO NOGUEROL GÓMEZ.
Hace años ya que he expuesto y solicitado que no sea el instructor, por abusos, dejación en sus funciones, etc.
Por citar solo algunos casos, en 2015 solicité en febrero (dentro de los plazos que me marcasteis) permiso para poner un contenedor en el "aparcamiento" de la playa de Area Maior, en Muros (Coruña), durante los meses de julio y agosto, y en septiembre me contestasteis que me dabais permiso para " LA INSTALACIÓN DE 4 TABLAS DE SURF EN LA PLAYA HASTA EL 31 DE OCTUBRE" .
Os dije que eso no era lo que había solicitado, y pedí que me devolvieseis, únicamente, lo que había pagado en concepto de tasas.
La respuesta fue que las tasas se pagaron por la tramitación de un expediente que (efectivamente) fue tramitado, pero alegué que no tiene sentido (contestarme en septiembre para un permiso solicitado para los meses de julio y agosto) y que lo que se me concedió algo que no fue lo que yo había solicitado (es cierto que yo había dicho que como lugar de emplazamiento - del contenedor- me valía el que me asignaseis, pero era para poner un contenedor en el que guardar tablas de surf y otro material deportivo durante los meses de julio y agosto y me disteis permiso - en septiembre- para instalar 4 tablas de surf en la playa).
Ante mi negativa a pagar las tasas por algo que yo no había solicitado, me "obsequiasteis" con una orden de embargo, cortesía de Juan Antonio Noguerol Gómez (perdón por mi omisión del don).
En 2016, tras haber cerrado mi escuela para no operar sin permisos (pues veía inviable que los tramitaseis en los plazos requeridos y en 2015 me multasteis habiendo operado con el permiso - de palabra - del Ayuntamiento de Miño), promoví la creación de una asociación (la que citáis en esta multa de 2018, pero que dejó de operar en 2017), avisando de ello, indicando que yo daría la cara, que no usaría testaferros, etc. (todo ello por escrito, que las palabras ya aprendí en 2015 que se las lleva el viento). En dicha asociación, la gente que pagaba (que era, a ojo, la mitad de los participantes en actividades), abonaba una cuota mensual MÁXIMA de 15 euros, los estudiantes con todo aprobado pagaban 10 euros al mes y la gente sin recurso y mucha otra no pagaban.
Para no cerrar mi empresa, reorienté sus actividades a la venta y alquiler de material deportivo, todas ellas actividades legales y que realizaba desde espacios privados legales.
Desde el 11 de julio aproximadamente, mi empresa dejó de operar en Area Maior, por haber incumplido una norma de la Xunta de Galicia (una de las cosas que alegué cuando cerré la escuela fue la poca coordinación entre los diferentes organismos implicados en las regulaciones, el exceso de papeleo, etc.
Mi empresa obtenía dinero de la venta y alquiler de material deportivo, que se realizaba en un terreno privado cercano a la playa (obviamente, después de lo de 2015 no quise saber nada de tramitar permisos en terrenos públicos "de Costas"), pero dado que había instalado un contenedor en un terreno privado en el que una ley de la Xunta no permitía dichas instalaciones y dado que el contenedor iba a quedar precintado todo el verano, acordé con la Xunta de Galicia que dejasen ese material para usar de forma gratuita, que prefería que se estropease en el agua a que se pudriese al sol.
Desde aproximadamente el 10 de julio hasta aproximadamente el 29 de agosto (fecha en la que me fue a buscar la policía local con una orden de paralización de las actividades, desde mi punto de vista excediéndose en sus funciones, pues eran actividades que se realizaban en terreno de DPMT, que no eran su competencia, salvo temas de seguridad, que no era el caso), la gente que pagaba (que no era toda, ni mucho menos), por un importe máximo de 15 euros, y solo en lo relacionado con el surf (se hacían otras actividades) tenían material, cremas de sol, seguro, etc.
Ese año, Juan Antonio Noguerol Gómez estimó unos beneficios de 7,39 euros por persona y día, a pesar de que, el día que me vinieron a buscar, le pedí a la policía que me acompañasen y que por favor tomasen nota de los carteles que teníamos (había varios, que más o menos venían a decir algo así como que este verano jugamos todos, que nadie se quede sin jugar, 15 euros al mes, 10 estudiantes con todo aprobado, si no tienes recursos habla con nosotros).
En más de un recurso aporté capturas de pantalla de las redes sociales y otra información que parece ser que no se molestó en consultar ni verificar.
En 2017, y tras la experiencia de 2016 (y ya con mi empresa cerrada, había dejado de operar en abril por todas las trabas que me poníais desde Costas, Ayuntamiento de Miño... a pesar de que todas las actividades que desarrollaba, venta y alquiler de material deportivo, eran legales), y tras la primera visita de vuestros agentes, se cambió la cuota de socio, que pasó a ser de 15 o 10 euros al mes a un dibujo o una idea para un mundo mejor, para los niños, gratis para los mayores (y en el caso de los niños era voluntario). Y expliqué que era para que no se os complicase el cálculo de los beneficios (recuerdo también que el tema de las estimaciones las llevabais muy mal, tanto en lo referente a los beneficios - recuerdo que Juan Antonio Noguerol Gómez dejó plasmada por escrito su ignorancia al confundir ingresos con beneficios - como en lo relativo al cálculo de superficies y medidas de las tablas, que tanto entonces como ahora las seguís inventando, a pesar de todas las veces en que os he dicho que no existen en el merado tablas con "vuestras" medidas).
Pues, con una cuota de 0 (cero) euros, que incluía merienda, cremas de sol, seguro de responsabilidad civil y accidentes... siguió estimando beneficios de miles de euros (creo que en Miño, en 2017, estimó unos 3.000 euros, ya no me molesto en buscar la cifra exacta).
Pero bueno, dado que os iba mucho el tema de los abusos, dado que en 2017 me harté de pedir por favor que investigasen, que preguntasen a ver si era cierto que se cobraba o no, etc., y dado que dabais la lata por la "asociación, ONG o lo que sea" (palabras textuales de otro informe de otro agente mediaoambiental dado al abuso y a la dejadez), se cerró la asociación, y pasé a ir a la playa como un particular que va con sus amigos.
Por cierto, en 2017 ya se empezó a obligar a los responsables (padres, hermanos, tíos o quienes fuesen) de los menores que se metiesen en el agua con ellos, o al menos que los vigilasen desde la orilla (había días, la mayoría, en que era ridículo que hablaseis de condiciones de peligrosidad), pues seguíais con el cuento de la escuela de surf que había cerrado en 2016.
En 2017 también me harté de pedir que se me explicase qué norma estaba incumpliendo, pues yo no quería hacer nada ilegal, pero (aún a día de hoy) continúo sin saberlo.
Y, aún a día de hoy, sigo sin obtener respuesta a preguntas como las que tantas veces he planteado, por ejemplo, "solicito se me diga la norma que me prohíbe ir con mis amigos a hacer surf y enseñarles (entiéndase el término "amigo" en un sentido tan amplio como el que tiene en la actualidad con el uso de las redes sociales)".
Me gustaría que se me respondiese a esa pregunta, por que no puedo ir, por ejemplo, con 2 niños que ni siquiera os habéis molestado en consultar si son familiares o amigos, por ejemplo, a enseñarles a hacer surf, como puede ir cualquier otra persona de Coruña (entiendo), menos yo (por cierto, hablo de estos dos niños en relación a una de las multas de este "pack" que estoy recurriendo, en el que además, aportáis imágenes y uno de ellos lleva una tabla de body, el otro de surf, las medidas son bastante diferentes, y que sea un deporte u otro viene a ser una tontería, pero es que "entre vuestras joyitas" tengo otra multa, que también citáis en este "pack" como referencia, en la que me multáis por dar clases de (surf y) paddle surf pero en vuestros informes se ve que no hay tablas de paddle surf (y vuestra redacción deja muy clara que la conjunción disyuntiva " o " implica que no se tienen que dar de forma simultánea o concurrente, luego yo extrapolo que la conjunción copulativa " y " sí que implica que se dan ambos deportes.
Así que en 2018 voy, como un particular que va con sus amigos, sin ninguna clase de seguro, sin ninguna clase de pago, y me multáis como si tuviese una escuela de surf (esa que había cerrado en 2016).
Todavía no tengo una multa vuestra (y llevo una gran colección, hace tiempo que perdí la cuenta, como también hace tiempo que superé los 100.000 euros en sanciones y los 10.000 en indemnizaciones por daños causados al Estado, importe que basáis en los beneficios que estimáis que obtengo), en la que os hayáis molestado en recabar un solo testimonio, medir una tabla o consultar sus medidas, etc. (y ahora no solo os inventáis las medidas y los beneficios, también los testimonios).
Sigo con los antecedentes de hecho (página primera)
3. (...) HABIENDO PRESENTADO ALEGACIONES (...) DON FRANCISCO (yo)... EN ESENCIA, MANIFIESTAN QUE NO TIENEN UNA ESCUELA DE SURF, QUE DESCONOCEN LA NORMA QUE HAN INFRINGIDO PARA ENSEÑAR SURF Y EL RANGO DE LEY DE DICHA NORMA.
Es cierto que alego que no tengo una escuela de surf y que desconozco la norma que me impide ir a hacer surf con un grupo de amigos y enseñarles, o enseñarles sin más, etc.
Pero me parece un resumen muy malo de lo que alego, pues alego también que el agente medioambiental NGSC8905 levantó 8 falsos testimonios, y eso me parece algo suficientemente significativo y grave (o él o yo miente) como para no investigarlo.
También expongo que no estoy pagando a Hacienda por las actividades que hago, ni a la Seguridad Social ni cuento con ninguna clase de seguro, luego creo que deberíais de promover la investigación, es deber del funcionario público promover la persecución de los delitos de los que tiene conocimiento (puedes ver el artículo 408 del Código Penal), en mi caso, entre otros y si es cierto lo que decís, estoy incurriendo en un delito fiscal, y del mismo modo que os servís de Hacienda para embargarme, qué menos que informarles de que estoy realizando actividades de forma irregular.
Así que, por favor, no paséis esto por alto y proceded a promover una investigación fiscal de todo el dinero que he estado defraudando durante todos estos años (os recuerdo que llevo desde el 2016 enseñando a la gente a hacer surf sin cobrar por ello).
Me parece importante también que, dado que lo he planteado tantas veces y para mí resulta muy importante saberlo, me informéis de la ley, norma o disposición que me impide ir como un particular a enseñar a surfear a sus amigos, conocidos o a quien quiera que me encuentre por ahí.
Suerte que no me habéis acusado de pederasta (a pesar de que ando con muchos niños), pues me vería completamente indefenso, os negáis a tomar testimonio de la gente y basáis el grueso de vuestras acusaciones en las pegatinas de un vehículo en el que, por cierto, en las mismas fotos que sacáis se ven unos papeles que ponen que todo esto lo hago gratis, porque me da asco toda la corrupción y abusos, etc.
Pero no añado más sobre esto, total el caso que vais a hacer es el mismo.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS (lo vuestro en mayúscula, lo mío en minúscula). (Página 2)
LOS HECHOS TIPIFICADOS ESTÁN TIPIFICADOS COMO INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS GRAVES EN EL ARTÍCULO 90.2.B) DE LA VIGENTE LEY DE COSTAS, POR LA OCUPACIÓN O LA UTILIZACIÓN SIN EL DEBIDO TÍTULO ADMINISTRATIVO DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE, SIEMPRE QUE SE HUBIERA DESATENDIDO EL REQUERIMIENTO EXPRESO DE LA ADMINISTRACIÓN PARA LA CESACIÓN DE LA CONDUCTA ABUSIVA, REQUERIMIENTOS QUE HAN SIDO FORMULADOS EN DIVERSOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES Y ÚLTIMAMENTE, POR EJEMPLO, EN LAS RESOLUCIONES DE LOS PROCEDIMIENTOS OA MIÑO13/01.17 Y OA A CORUÑA 20/02.17 (...)
Vuelvo a preguntar por qué no puedo (yo) ir a enseñar a hacer surf a mis amigos, conocidos, quedar con gente para enseñarle a hacer surf, etc. pero sí puede cualquier otro español, o de no ser así que norma impide que un padre vaya con su hijo a enseñarle a surfear, o con su pareja, o con un amigo, etc.
Por cierto, en esas procedimientos, en el de Miño tengo multas por gente que está en la playa que no conozco de nada y en el de Coruña tengo multas por dar clases de paddle surf sin tablas de paddle surf, y el importe de la multa se estima (copio de la página 3) UNA CLASE POR TABLA Y DÍA DE INFRACCIÓN, en esa multa estimáis que habrá "unas 50 personas" (¡a ojo!), y en el video de youtube ,canal "namarea surfexperience", "Multas (Coruña, algo más de 1500€) por usar las playas sin pagar " se ve que no hay ni la mitad.
En el mismo canal de youtube y del mismo día es el vídeo "Multas por usar las playas sin pagar".
Una vez más, en esas "multas" se me ofrece un descuento si asumo la responsabilidad (así es como os referís desde Costas a pagar sin protestar) y otro por pronto pago (lo mismo, por ejemplo en el caso en que multáis "a ojo" por más del doble de tablas de las que hay, ni con todos los descuentos llegaría a lo que habéis hinchado una multa que ya de por sí es un atropello.
Tampoco identificáis a la gente, siempre que queráis podréis multarme alegando que hay gente en el agua que está recibiendo clases de una escuela de surf sin el pertinente permiso administrativo.
Desde mi ignorancia, digo yo que lo mínimo que tendríais que hacer es preguntar a la gente que está en el agua si está conmigo o no, pero bueno, entiendo que un técnico medioambiental que se inventa los testimonios no lo necesita (aunque sí me gustaría que citase el nombre de los testimonios, porque estoy totalmente seguro de que se los inventó).
Más consideraciones jurídicas (sigo en página 2)
TERCERA. LAS PERSONAS DENUNCIADAS NO SE HAN ACOGIDO A LA POSIBILIDAD DE REDUCCIÓN DE UN 20% POR RECONOCIMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD, Y DE UN 20% POR PAGO ANTICIPADO DE LA MULTA APLICABLE A LAS INFRACCIONES IMPUTADAS, PROPICIADA POR EL ARTÍCULO 85 DE LA LPACAP.
Justo lo que acabo de comentar. Funcionamiento como el de una mafia de matones, me invento una multa, me invento su importe, y si te callas y pagas te hago un descuento (y ojo que también inventáis las medidas de las tablas y calculáis el importe de la multa en función de esas medidas).
CUARTA. NO PUEDEN ATENDERSE LAS ALEGACIONES DE LAS PERSONAS DENUNCIADAS. LAS PERSONAS DENUNCIADAS SON REINCIDENTES EN LAS ACTVIDADES QUE SE LES ATRIBUYEN. EN CONTESTACIÓN A UN ESCRITO DE FECHA25-01-2016 (...) PRESENTADO POR DON FRANCISCO (...)SE LE INFORMÓ QUE, POR CONSTITUIR UN USO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE DE ENTRE LOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 51 DE LA LEY 22/1988, DE 28 DE JULIO, DE COSTAS, PARA LA TEMPORADA 2016 SE HABÍAN INCLUIDO ENTRE LOS SERVICIOS DE TEMPORADA EN LAS PLAYAS SUJETOS A PRECEPTIVA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA LOS QUE PRESTAN LAS ESCUELAS DE SURF, LOGNOARD, BODYBOARD, PADDLESURF Y SIMILARES. (...) DICHA PERSONA (yo) TENÍA UN CONOCIMIENTO CABAL DE QUE LA ENSEÑANZA DE ESAS MODALIDADES DEPORTIVAS EN LAS PLAYAS DE LA PROVINCIA DE A CORUÑA SE SOMETÍA A UN RÉGIMEN (...) CONSISTENTE EN LA NECESIDAD DE OBTENER UNA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA. LA NECESIDAD DE AUTORIZACIÓN Y EL REQUERIMIENTO PARA EL CESE DE LA ACTIVIDAD POR CARECER DE ELLA LE HA SIDO RECORDADA EN CUANTAS OCASIONES SE HA DIRIGIDO A ESTA DEMARCACIÓN, EN PERSONA Y PORESCRITO, Y EN LOS DIVERSOS PROCEDIMIENTOS QUE SE LE HAN INCOADO.
Primero, yo, desde mi ignorancia, entiendo que ahí se habla de las escuelas de surf, longboard, bodyboard, paddle surf y similares.
En relación a esto, yo soy capaz de distinguir esos deportes, vosotros parece ser que no.
Bodyboard es lo que lleva un niño en la foto de la multa en la que voy con 2 niños (uno lleva una tabla de surf, otro una de body, las medidas son muy diferentes, aunque las estimáis iguales y calculáis el importe de la multa en función de esas medidas, que no cuadran con las de ninguna tabla del mercado).
Paddle surf es lo que decís que estoy impartiendo en la multa del Orzán (OA CORUÑA 20/02.17) pero no, no hay ninguna tabla de paddle surf.
En 2015 (también citáis una multa de Miño de ese año) un agente medioambiental de los vuestros se puso todo borde porque me hablaba de surf y yo le tuve que explicar que no era surf, que era paddle surf de lo que estábamos hablando.
En 2015 también, otro agente de los vuestros vino a interrumpir unas actividades de surf porque decía que estaba prohibida la navegación.
Creo que ignoráis demasiadas cosas como para regular estas materias. Pero, sobre todo, si vuelves a esos escritos de 2016, tras haber invertido mucho tiempo en consultaros, preguntar, explicar que no estabais preparados para tramitar los permisos que solicitabais, que no iba a volver a operar sin un permiso por escrito, pues en 2015 me multasteis, habiendo hecho todo con el permiso del Ayuntamiento de Miño (organismo al que me mandasteis que me dirigiera), y, copio de la respuesta de otra resolución relativa a "mis expedientes", en este caso al de Miño 2015:
" En lo concerniente a la alegación del recurrente (...) contaba con la aprobación del Ayuntamiento, debe indicarse que, aunque el Ayuntamiento de Miño comunicó su intención de asumir la gestión de las instalaciones de temporada de las playas de su municipio en el ejercicio 2015, la autorización de la Demarcación fue otorgada el 11-08-2015. A pesar de que la empresa recurrente había presentado una solicitud para una instalación de temporada (...) y había resultado adjudicataria inicialmente por el Ayuntamiento (...) la adjudicación se extinguió anticipadamente en 08-08-2015, sin llegar a ejercerse la actividad. Del oficio remitido por la alcaldía de Miño el 15-07-2015 resulta que el solicitante - y ahora recurrente - colocó en el lugar consensuado verbalmente con el técnico municipal (que se cambió por considerar el solicitante poco seguro el lugar inicialmente asignado)un contenedor, instalación que nada tenía que ver con la solicitada en cuanto a modelo y superficie (4,50 x 2,10 m, en lugar de los 3,24 x2,68m solicitados). (...)
Es decir, en el momento de la instalación del contenedor, pese a haber resultado adjudicatario inicialmente por el Ayuntamiento, no se disponía de la autorización de la Demarcación de Costas para la ocupación del dominio público".
Antes de empezar a comentar esto, copio otro fragmento de esa misma resolución:
"(...) el denunciado (...) en ningún momento ha discutido su intervención en los hechos y la causación de los daños (...)"
Ni entonces, ni ahora, ni nunca, suelo discutir lo que no tiene discusión (sí que voy a enseñar a la gente a surfear, desde 2016, sin cobrar, pero los testimonios que aparecen en los informes del agente medioambiental NGSC8905, en los que dice que "SE ME EXPLICA QUE PERTENECEN A UNA ASOCIACIÓN LLAMADA, "JUGAMOS TODOS"" son falsos.
Yo no he dicho eso, y nadie lo habrá dicho, seguro, pero en cualquier caso, lo mínimo si pone eso es que diga quién lo ha dicho (que en cualquier caso yo me haría cargo, como he hecho siempre hasta ahora, pero estoy totalmente seguro de que es falso).
Sobre lo que pone antes, del caso de 2015, leyéndolo así y si tienes mala memoria, la parte en la que pone que "se cambió por considerar en solicitante poco seguro el lugar inicialmente asignado", hace referencia al emplazamiento que inicialmente se me asignó, del que desde el primer momento dije que podía llegar el agua hasta allí, pero me dijeron que la ubicación la había escogido una persona cualificada, o especialista, un técnico o algo por el estilo (no recuerdo las palabras textuales, sé que hacían referencia a sus estudios o preparación), y yo dije que yo no tenía estudios al respecto y que no entendía mucho los mapas de cartografía (que era en el que me lo habían
señalado), pero que sí que entendía lo suficiente de mar como para saber que podía llegar hasta allí (supongo que no hace falta explicar el peligro que supone que el agua pueda barrer la instalación, más cuando es una instalación de temporada, sin los cimientos de otra clase de instalaciones).
Efectivamente, y tras hablar con el técnico municipal (una vez que me fue adjudicada la concesión y tras haber pagado los aproximadamente 2.000 euros que tuve que pagar, por conceptos como superficie ocupada por la instalación y a su vez tablas que iba a guardar en la instalación, dudo hasta qué punto es legal, pero bueno), comprobamos, IN SITU, que efectivamente llegó el agua.
Se entiende que, después de todo lo ahí leído, que mi permiso "de palabra" a pesar de haber pagado ya y no poder haber disfrutado de mi concesión (nótese que cuando el Ayuntamiento recibe la competencia y está en disposición de expedir el pertinente permiso administrativo por escrito ya ha pasado más de la mitad del tiempo por el que había abonado), era obvio que al año siguiente no iban a tramitar en una semana la documentación que requerían a las escuelas de surf (que además consideraron una documentación difícil de obtener) cuando en 2015 tardaron meses en tramitar esos permisos.
Por todo eso, y tras haber consultado, preguntado, informado y pedido información, y por ver inviable el operar, por considerar un abuso la norma, que me parecía (y me sigue pareciendo) contraria a la seguridad (lo que más seguridad aporta a una clase de surf es poder elegir libremente la playa, en función de las condiciones del mar y de los participantes, que varían cada día y no se pueden saber con mucha antelación), al empleo (el artículo 35.1 de la Constitución habla del derecho a trabajar y de la libre elección de profesión u oficio, pero en 2016 los permisos para usar la playa de Bastiagueiro, por ejemplo, no estuvieron listos hasta julio, a pesar de que las escuelas habían pagado desde marzo, y "mi premio" por haber informado de que la Escuela Municipal del Ayuntamiento de Oleiros, en el que se encuentra la playa de Bastiagueiro y por cuyo uso cobraban, por el mismo concepto que la Demarcación de Costas de Galicia, estaba operando sin el permiso por el cual yo cerré mi escuela para no operar sin él, fue una multa de 3.000 euros, y fue el único expediente sancionador en el que la policía recogió un testimonio, que dice que yo no le cobro, y el otro día que aparece en el informe está anunciado en las redes sociales de namarea como una actividad gratuita, pero la multa es por desarrollar actividades económicas), al deporte (mucha gente no hace surf por "miedo e inseguridades" si no va con una escuela, con la nueva norma aumentaron los precios de las clases, por trasladar los costes al cliente final y porque la norma te obligaba a adherirte a una federación de surf, y dadas las circunstancias la Federación Galega de Surf aprovechó la situación (abusó como el que más) y estableció normas como el establecimiento de unos precios mínimos (que ellos mismos se saltaron), práctica prohibida por la CNC, teniendo ellos su propia escuela (que además no paga IVA), que incitaba al fraude (no podías operar con los papeles en regla durante medio año, con las propias estimaciones de Costas, que reconoció no tener datos al respecto, dejaba a los autónomos, en los meses fríos, por debajo del salario minimo interprofesional antes de impuestos), etc.
En relación a la superficie que "nada tenía que ver con la inicialmente solicitada", la diferencia era de 0,77 metros cuadrados (una variación de un 8,87% respecto a la inicialmente planificada, y todo por las circunstancias - de las que había advertido-, que llegaba el mar en determinadas condiciones), y desde el Ayuntamiento de Miño dieron su visto bueno cuando avisé de la modificación.
Cada vez que me multáis por usar la playa (DPMT) "sin el debido título administrativo", en la estimación de la superficie ocupada por una tala de surf (en función de la cual me multáis), las medidas que tomáis como referencia no existen en el mercado, y se apartan un 100% (algo más) de la medida standar de una tabla de surf de iniciación.
Pero parece ser que todo depende del sentido en el que se hable, yo estoy abajo y pisoteado, La Administración se queja por una variación mucho menor, justificada e informada.
Nada que no haya explicado ya, así que no creo necesario seguir explicando mucho más, me multaréis, no contestaréis a mis solicitudes, me embargaréis, etc.
En relación a " LA NECESIDAD DE AUTORIZACIÓN Y EL REQUERIMIENTO PARA EL CESE DE LA ACTIVIDAD POR CARECER DE ELLA LE HA SIDO RECORDADA EN CUANTAS OCASIONES SE HA DIRIGIDO A ESTA DEMARCACIÓN, EN PERSONA Y PORESCRITO, Y EN LOS DIVERSOS PROCEDIMIENTOS QUE SE LE HAN INCOADO",
es otra mentira, muchas veces he pedido (y volveré a pedir en este escrito) que se me informe del permiso que necesita un particular para ir a enseñar a hacer surf a un amigo, conocido, familiar, pareja, etc.Todavía espero respuesta.
Más consideraciones jurídicas:
"(...) LA ADMINISTRACIÓN HA DE TENER PRESENTE EL CRITERIO RECTOR DE LA UTILIZACIÓN PREFERENTE DEL USO COUMÚN, Y EN EL OTORGAMIENTO DE LOS CORESPONDIENTES TÍTULOS, SU COMPATIBILIDAD O NO INTERFERENCIA CON EL USO COMÚN".
El uso que hacemos de la playa es el de un grupo de amigos que va a divertirse, a hacer deporte, etc. y quien sabe más enseña a quien sabe menos (si le quitáis las marcas de las caras podría indicar cuántos padres están en el agua con sus hijos, pero poco os importa, ni siquiera preguntáis si están conmigo o no).
"(...) LOS FACTORES QUE CUALIFICAN LA ESPECIALIDAD DEL USO O APROVECHAMIENTO, QUE NO TIENEN QUE CONCURRIR CUMULATIVAMENTE, SE HALLAN PRESENTES, DE UNA U OTRA MANERA, EN UNA ACTIVIDAD QUE: ENTRAÑA UN EXCESO, UN PLUS DE UTILIZACIÓN RESPECTO DEL USO QUE CORRESPONDEN A TODOS (DENOMINADO USO GENERAL COMÚN O, SIMPLEMENTE, USO COMÚN); SE DESARROLLA EN UN MEDIO DE SUYO PELIGROSO, TANTO PARA QUIENES LA ESTÁN APRENDIENDO - MÁXIME SI SE TRATA DE MENORES DE EDAD - COMO PARA EL RESTO DE LOS USUARIOS; Y ES RENTABLE (INCREMENTO SINGULAR DE BENEFICIOS QUE EL USO PROCURA A QUIEN LO EJERCE FRENTE A LOS QUE SOLO DISFRUTAN DEL USO COMÚN). LA APARICIÓN ALTERNATIVA DE UNO DE ESTOS TRES ELEMENTOS DETERMINA LA ESPECIALIDAD DEL USO INHERENTE A ESTE TIPO DE ACTIVIDADES. BASTA, PUES, LA CONCURRENCIA DE UNO DE ESOS TRES FACTORES PARA APRECIAR UN USO O APROVECHAMIENTO ESPECIAL. y ELLO, CON INDEPENDENCIA DE OPERAR EN EL TRÁFICO COMO SOCIEDAD MERCANTIL, COMO ASOCIACIÓN O A TÍTULO PARTICULAR, DATO QUE EN NADA CAMBIA LA ANTIJURIDICIDAD DE LA CONDUCTA. EL DATO AUTÉNTICAMENTE RELEVANTE ES LA CARENCIA DE UN TÍTULO ADMINISTRATIVO PARA LA OCUPACIÓN Y UTILIZACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE".
Ya me explicarás por qué el uso que hacen unos particulares que quedan para ir a surfear entraña un plus de utilización respecto del uso que corresponden a todos. Que dicha actividad se desarrolle en un medio de suyo peligroso, no implica especial peligrosidad, sino la peligrosidad inherente al medio.
De todas formas, y dado que mi criterio al respecto lo habéis ignorado en todo momento, a pesar de todos los años que llevo en el agua (medio que creo que conozco mejor que cualquiera de vosotros, y hablo con conocimiento de causa, después de haber pasado por muchos despachos y haber leído y escuchado vuestras respuestas), a pesar de que yo haya sacado el título de socorrista acuático (nunca he ejercido), a pesar de haber consultado en varias ocasiones al respecto con los socorristas de la playa de Miño, a pesar de haber presentado fotos en las que en los propios carteles que hay en la playa de Miño pone que el oleaje es tranquilo, a pesar de que una playa tan concurrida solo cuenta con servicio de socorrismo durante dos meses al año (ni siquiera se cubren los 2 meses completos), etc., si vosotros consideráis que los padres son unos insensatos por meterse al agua con sus hijos, que mis conocimientos no son suficientes... ya no sé qué alegar al respecto, que echéis la vista atrás y os acordéis cuando en 2015 pretendíais que pusiese el contenedor en un sitio en el que ni siquiera se veía el agua, para operar en la zona de más corriente de la playa...
Cuando decís que yo decidí cambiar la instalación de sitio porque donde estaba llegaba el agua...
No sé qué más puedo alegar... supongo que vosotros desde vuestros despachos sabréis más que yo o los socorristas.
Sobre la rentabilidad, se define como beneficio obtenido entre la inversión realizada, luego un incremento del beneficio, desde mi punto de vista, no tiene por qué implicar un incremento de la rentabilidad, pero en cualquier caso no entiendo tampoco la rentabilidad que me reportan mis actividades gratuitas (y vuelvo a recordar, como os dije en 2016 cuando cerré mi escuela, que mi empresa era rentable, a pesar de todo lo que viví - me hicisteis vivir - en 2015, y que si cerraba no era por una cuestión de dinero, sino para no contribuir con todos vuestros abusos y para no operar sin permiso ni saltándome ninguna norma).
PÁGINA 3:
"LAS ALEGACIONES DE LAS PERSONAS DENUNCIADAS NO PUEDEN DESVIRTUAR LOS HECHOS CONSTATADOS IN SITU EN LAS DENUNCIAS PRESENTADAS POR LOS VIGILANTES DE COSTAS RELATIVA A LOS HECHOS (...)"
Nada vale mi palabra frente a la de un mentiroso como el agente medioambiental que se inventa 8 falsos testimonios y que no se molesta en identificar a la gente que está en el agua ni en preguntar cuánto cobro, cuánto mide una tabla, etc.
QUINTA:
"EN LO CONCERNIENTE AL CÁLCULO DE LOS BENEFICIOS ILÍCITOS DEBE INDICARSE QUE, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL APARTADO 3.1A) DEL ARTÍCULO 84 DE LA LEY DE COSTAS "...LA ESTIMACIÓN DE DICHOS BENEFICIOS SE REALIZARÁ TENIENDO EN CUENTA LOS ESTUDIOS ECONÓMICOS QUE FACILITE EL SOLICITANTE DE LA CONCESIÓN O AUTORIZACIÓN, ASÍ COMO LAS INFORMACIONES QUE PUEDA RECABAR (...)".
No entiendo por qué, si realmente hubiese recogido algún testimonio (dice que "se me explica que pertenecen a una asociación...", no recoge información sobre cuánto pagan.
De nada me valen todos estos años pidiendo que recabéis información si os negáis a hacerlo.
Estoy jodido (creo que se dice así, ¿no?)
"EN EL CÁLCULO DE LOS BENEFICIOS DERIVADOS DE LOS HECHOS OBJETO DE ESTE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR, ANTE LA INEXISTENCIA DE ESTUDIOS ECONÓMICOS ESPECÍFICOS DE LAS PERSONAS DENUNCIADAS, POR EL PERSONAL TÉCNICO DE LA DEMARCACIÓN SE HA CONSIDERADO: 1º) COMO BENEFICIO PROMEDIO (...)"
Al respecto, comentar, por un lado, que sin ingresos no puede haber beneficios, y dado que no queréis recabar información yo vuelvo al punto de antes: estoy jodido.
En relación a esto, recordaros que, cuando entró en vigor la norma que obligaba a las escuelas de surf a pagar por usar las playas de Coruña, vosotros mismos reconocisteis no disponer de datos sobre las empresas del sector, y estimasteis unos (que tras aplicar vuestro canon dejaban a los autónomos sin empleados, en los meses fríos, por debajo del SMI antes de impuestos), basándoos en un modelo de empresa inexistente en el sector (a veces es lo que tiene usar el lenguaje de forma tan técnica), pues hablabais de empresas pequeñas y medianas, y desde el 1 de enero de 2005 está en vigor la definición de microempresa y de pequeña y mediana empresa (pyme) adoptada por la
Comisión Europea en su Recomendación C (2003) 1422 aprobada el 6 de mayo de 2003.
Los valores de los criterios citados según esta norma para las pequeñas (pongo las medianas entre paréntesis) son los siguientes:
Nº de trabajadores: 10 a 49 (50 a 249 las medianas)
Volumen de facturación anual: de 2 a 10 millones de euros (10 a 50 las medianas)
Volumen de activo: 2 a 10 millones de euros (10 a 43 las medianas).
En su día os expliqué que, en el momento en que publicasteis la norma, ninguna escuela de surf se adaptaba al modelo de empresa en que basasteis vuestras estimaciones económicas, que la única que por aquellas fechas cumplía alguno de esos requisitos era la mía, pero solo en cuanto al número de empleados y solo en verano (y os recordé muchas veces que el verano de aquí, de Coruña, no es el verano del Mediterráneo, y que mi verano en concreto era julio y agosto, que la actividad era muy estacionaria y que en invierno no tenía empleados).
Pero poco importó todo lo que dije, todo lo que os demostré, etc.
Yo sigo siendo el delincuente, el que tiene que perder media vida con escritos como estos, para que tú desde tu despacho cobres por leer (dudo mucho que leas todo) y digas que no, que el denunciado alega lo que en su defensa considera más oportuno, pero que quedan suficientemente probados, in situ y por técnicos especialistas, lo que queráis probar.
"LAS PERSONAS DENUNCIADAS NO APORTAN NINGUNA CLASE DE DOCUMENTACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA QUE REBATA ESA VALORACIÓN TÉCNICA".
Qué clase de información voy a presentar, si soy un particular que va surfear con gente, sin dinero por el medio, y si en cualquier caso os negáis a recabar información "in situ" (con lo que os encanta esa palabra).
Por cierto, este verano (2020)un agente de la Policía Local de Miño me dijo que él sí había hecho constar, en algún informe (de años antes) la gratuidad de mis servicios.
No sé si me mintió él o si vosotros preferís obviar esa información.
Supongo que os dará bastante igual, no creo que sea más prevaricación que el Ayuntamiento de Miño me dé permiso para operar sin tener la competencia (año 2015) o que os den información relevante y exculpante y la obviéis.
Os dejo un par de imágenes de vuestros propios informes, imágenes que os deberían de dar vergüenza.
Para terminar con formalismos:
Por todo lo expuesto, solicito:
1.- Se retiren esta y todas las sanciones que hay contra mi o relacionadas con mi persona.
2.- Saber qué norma exige que yo, como particular que va con muchos "amigos" al agua o utiliza el "surf" para hacer amigos y conocer gente, a la que enseña (igual que enseño a cualquier desconocido que nunca vaya a volver a ver, o igual que puedo ayudar a una persona que no ve a cruzar una calle, etc.), cuente con un permiso administrativo específico para realizar esas actividades de enseñanza y ocio, entendiendo como actividades de enseñanza y ocio las mismas que puede hacer un padre con su hijo, o con sus amigos o con amigos de sus amigos que le pueden ser totalmente desconocidos, o si me pongo a jugar con unos niños al pañuelo y les enseño las normas y demás (ejemplo que ya usé en muchas ocasiones, cuando con la asociación que nombráis en el escrito hacíamos juegos en la playa).
3.- Me gustaría, y supongo que esto es a modo de favor personal, que las multas de 2019 y 2020 que tengo pendientes me las enviéis todas juntas, pues al menos en Miño, en las mismas circunstancias que en 2018, en las mismas fechas, etc. han pasado por allí inspectores vuestros y han hecho fotografías, y ya han pasado varios meses, me da un poco igual el importe que pongáis en las multas, las tablas que digáis que "son mías o están conmigo", etc., pero ya no por dinero, sino por tiempo o salud, me facilitaríais un poco las cosas (yo tengo que recoger las "multas", yo me las leo, enteras, a veces varias veces, yo redacto escritos como este, uno con cada multa, no hago "corta-pegas" como los vuestros, yo me molesto en explicar, aunque sea más de lo mismo).
4.- Vuelvo a solicitar, una vez más, saber en qué fecha se dio la autorización a los Ayuntamientos de Miño y Oleiros, en los años 2016 y 2017 (si queréis mandarme también la de 2018, 2019 y 2020 por mi perfecto, pero subrayo las de los años 2016 y 2017 porque es algo que llevo años pidiendo y nunca me habéis informado al respecto), la autorización para que estos ayuntamientos pudiesen gestionar la competencia de Costas relacionada con los permisos expedidos a las escuelas de surf para usar las playas de Coruña.
En referencia a esto, y por haberlo adjuntado ya demasiadas veces y viendo el poco caso que hacéis, ya no copio el email del ayuntamiento de Oleiros, con fecha 29 de junio de 2016, en el que pone que aún no han dado el pertinente permiso a las escuelas, a pesar de que era necesario desde marzo, email en el que también se ve cómo desde Oleiros tienen conocimiento de que se usan las playas "fuera de los horarios establecidos en las condiciones de la adjudicación" pero no hacen nada al respecto (y esto lo recuerdo porque en más de una visita de las que yo recibí de la policía local de Oleiros se lo expliqué, que eso sí era ilegal pero no lo que yo hacía, amparado en el artículo 60 del Reglamento General de Costas).
5.- Fecha de publicación en el BOP Coruña (o similar) de los permisos relacionados con el punto 4 (fecha y medio a través del cual se hizo pública).
6.- Saber si es legal que dos organismos públicos diferentes (Demarcación de Costas de Galicia y Ayuntamiento de Miño o Ayuntamiento de Oleiros, en este caso) cobren por el mismo concepto (autorizar a las escuelas de surf para que usen "sus" playas), y de ser por un concepto diferente saber cuál fue en cada caso.
7.- Saber si es legal que si, según la lectura que yo entendía de la publicación de la normativa del "canon por usar las playas" el Ayuntamiento de Oleiros (en 2016) cobre por la utilización de sus arenales lo que estime pertinente, cuando el documento de Costas marcaba 200 euros al mes (en Oleiros se sacaron a puja, 200 euros para Costas y una oferta mínima de 100 euros para Oleiros, pagos mensuales ambos).
8.- Con respecto a la misma publicación (BOP Coruña de 5 de enero de 2016), saber si es legal que obliguéis a adherirse a la Federación de Surf (recuerdo una vez más que en cada reunión que mantuve con alguna persona relacionada con esta normativa todos y cada uno de vosotros reconocisteis ignorar la materia regulada, pero argumentasteis que os asesoraba la Federación Galega de Surf, actuación que os expliqué a todos que en principio me parecía lo más correcto y neutral, pero que en la práctica resultaba que la Federación tenía su propia escuela y que en el acuerdo de adhesión obligaba a acatar sus normas, algunas de las cuales era la obligación de pagarle, la fijación de precios mínimos, etc.)
9.- Saber en virtud de qué se le permitió a la Federación Galega de Surf dar clases en la playa de Miño, en el año 2016, cuando en la licitación hecha pública por el Ayuntamiento de Miño (también la adjunto) no se habla de servicios prestados por escuelas de surf sino de una caseta para almacenar tablas de paddle surf (la Federación, además de dar clases de surf, se saltó los precios mínimos que había establecido para el resto de escuelas).
10.- Se me informe de los trámites que debo realizar o a quién me debo dirigir, si considero que la norma que todavía sigue en vigor (con alguna variante) que se empezó a aplicar en 2016 es contraria a la seguridad (es triste que antepongáis el afán recaudatorio a la seguridad) e inviable en la práctica, como creo que he demostrado ya ambos puntos.
11.- Se devuelva a las escuelas de surf todos los importes satisfechos por un permiso que desde el primer momento de su aplicación se vio que era inviable, contrario a la seguridad, al empleo, a otras normas, etc.
12.- En relación con el punto 11, entiendo que, dado que tuvisteis conocimiento firme de que las escuelas no contaron con el permiso pertinente para operar (en 2016) hasta julio, pero habían pagado desde marzo, y dado que yo avisé que no quería operar sin permiso y por ello cerraba mi escuela, entiendo que las escuelas no pudieron operar, luego tendréis que devolverle el importe abonado e indemnizarlas.
13.- Consultad las medidas de una tabla de surf. El importe de mis multas van en función de las medidas que os inventáis, luego entiendo que, ya que los inspectores están "in situ", lo mínimo que pueden hacer es medir una tabla.
14.- Se recojan testimonios o información sobre cuanto cobro por mis servicios.
15.- Atendiendo al artículo 408 del Código Penal, que cité antes en mis alegaciones, se persiga la prevaricación por parte del agente medioambiental que se inventó 8 falsos testimonios o se me mande perseguir a mí por la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y cuantos otros organismos haya defraudado.
15.- Por último, igual que tantas veces lo solicité antes de cerrar la escuela (también en el escrito de enero de 2016 que citáis), me gustaría saber cómo debería de haber operado. Vuestra respuesta fue siempre la misma: las escuelas de surf no pueden operar sin el pertinente permiso administrativo.
Yo entiendo que, por mi experiencia de 2015, no vale el permiso si no es por escrito (luego no estabais preparados para expedirlo), y yo no estaba dispuesto a pagar y no poder trabajar durante meses (como en 2015) ni a operar sin permiso.
Espero que de "regalo de navidad" me concedáis, al menos, el punto 3.
Muchas gracias y felices fiestas.
Coruña, 15 de diciembre de 2020
Fran (...)
Coruña, 4 de mayo de 2026
Fran (...)
Anteriormente en ¿Por qué es gratis?
Si desconfías, puedes leer. Si no, también.
Y, como es gratis, puedes probar... aprovecha.
No sé si me da mas asco o tristeza ver las cosas que somos capaces de hacer por dinero.
Creo que muchas cosas deberían cambiar y no me parece que criticar sin aportar sea una solución ni vaya a provocar grandes avances, así que prefiero intentar hacer algo antes que insultar o quejarme sin más a través de las redes sociales.
Básicamente, no me gustan la corrupción ni los abusos, pienso que colaborar con ellos no es la forma de mejorar las cosas, así que prefiero trabajar gratis antes que seguir ¨ensuciando¨ todo (aún así, mucha gente desconfía al ver que es gratis, será que estamos demasiado acostumbrad@s a engañarnos y que nos engañen).
No entiendo (mejor dicho no comparto) que la gente lo vea como algo normal y haga la vista gorda o lo admita, pues esto al final lo que hace es darles fuerza para que sigan creciendo.
Cada uno ¨abusa¨ en función de sus posibilidades.
Quien trabaja en un restaurante, o en una carnicería o en una pescadería te recomienda que compres eso que se le está estropeando. En los anuncios de coches te muestran la imagen de un modelo y el precio de otro (como si en una frutería pusiesen un cartel con el precio de las manzanas encima de las cerezas), en el supermercado ponen el precio de la segunda unidad más grande que el de la primera, etc.
Si tuviese que vender una tabla de surf a alguien que no entiende podría recomendarle la que a mí me interesa y no la que considere que mejor le irá a esa persona.
Sobran ejemplos, no hace falta ir a ¨los clásicos¨ (banca, vendedores de coches, compañía de la luz...). Creo que todos tenemos, en general, bastante que cambiar.
Los políticos son solo un reflejo de la sociedad que gobiernan. La principal causa de que ¨las cosas vayan bien o mal¨ no es el sistema político-económico sino la educación de la gente (creo que sobran políticos y faltan educación y educadores).
A menudo son gente sin preparación (la falta de honradez es incompatible con cualquier cargo político y es una cualidad que muy pocos tienen, y que quien alguna vez la tuvo la fue perdiendo para poder ascender en su carrera, la integridad y los principios pesan demasiado para poder avanzar en esos fangos), que desconoce la materia que regula, y no hay mecanismos REALES individuales de defensa para que quien sí entiende pueda decir "esto está mal" y lograr que se cambie.
Lo peor es que esas leyes, una vez que quedan instauradas, mucha gente ni siquiera se las cuestiona y ¨piensan¨ (suele ser gente que no piensa demasiado) que es para una mejor convivencia social cuando en realidad fueron hechas con otros fines (normalmente intereses económicos, proteger privilegios), aunque justificándose en el bienestar de la comunidad o aceptan el abuso porque ¨es normal¨, todos lo hacen, logrando así que el abuso y la corrupción se normalicen (sigan normalizados y aceptados, en vez de que la gente se escandalice ante ellos como se escandaliza ante cosas mucho menos dañinas).
El ¨sistema¨ falla, el ciudadano está desprotegido, tiene que obedecer normas que en muchas ocasiones son dictadas por gente que no está preparada, que ignora la materia y que se mueve por intereses particulares, y quien realmente entienda del tema no puede aportar o corregir dichas normas (en teoría sí, pero la realidad es muy diferente), y quien las dicta no va a reconocer sus errores. ¿Cuántas veces has visto a un político criticar y cuántas pedir perdón o rectificar? Más o menos un reflejo del resto de la sociedad, repartimos culpas con demasiada facilidad y nos cuesta mucho más buscar soluciones o pedir perdón.
En 2016 desde los despachos (Costas, Ayuntamientos de Miño, Oleiros...) y de forma mal coordinada entre ellos comenzaron a ¨no dejar trabajar¨ (poner trabas innecesarias) a las escuelas de surf. Empezaron a cobrar por usar las playas (en circunstancias de dudosa legalidad), a poner trabas a la seguridad (te la tenías que ¨jugar¨ y arriesgar, a veces metiendo a la gente en playas en que de no ser por esa regulación no lo harías, pues el número de playas que podías utilizar dependía de cuánto estuvieses dispuesto a pagar), incitaban al fraude (con las propias estimaciones económicas de la Demarcación de Costas de Galicia dejaban a los autónomos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional antes de impuestos, tenías que operar sin los papeles en regla si querías trabajar todo el año), etc.
Además de desconocer la materia que regulaban (algo que en todos los despachos por los que pasé reconocieron, escudándose en que les asesoró la Federación Galega de Surf, que tenía su propia escuela y abusó todo lo que pudo, imponiendo sus condiciones como precios mínimos, obligación de que todas las escuelas le pagasen, incluir su logotipo en cualquier publicidad...) no dieron marcha atrás cuando vieron que, efectivamente, no era viable (todo esto después de que yo me hubiese cansado de llamar por teléfono, escribir, pasar por despachos... explicando la situación, antes de decidirme a cerrar mi escuela).
Así que me dio por esta extraña forma de protesta, poco habitual, hacia quienes tienen la autoridad para hacer todo esto y no dar marcha atrás (tienen mucho poder para hacer normas pero muy poca valía moral). Una protesta por lo asqueroso que se vuelven las cosas, porque, en el punto de la historia en el que estamos y con el progreso que tenemos, podríamos vivir genial, todos (y todas, y todes, y todxs...), pero en vez de eso parece que nos pisamos unos a otros con más ensañamiento que nunca.
Hay quien defiende que desde la legalidad se pueden cambiar las cosas. Creo que quien dice eso es porque nunca ha intentado cambiar nada.
Me parece que ¨esto¨ vale de ejemplo de que, a pesar de que todo se puede cambiar (las mujeres pueden votar, después de tantos de años sin poder hacerlo, la esclavitud ya no está permitida, etc.), la legalidad falla, y mucho, y la parte más desprotegida es el ciudadano, mientras el político o el legislador, que deberían de ser trabajadores al servicio del pueblo, abusan de la gente a la que deberían servir y están ¨blindados¨.
La ley poco tiene que ver con la justicia, y ante la ¨justicia¨ tiene más posibilidades reales de éxito quien pueda pagar el mejor abogado (creo que esa ¨justicia¨ no puede considerarse justa).
Todos tenemos derecho a muchas cosas, a veces solo hace falta dinero para poder ejercer esos derechos.
Si tienes ganas de leer, creo que tienes información suficiente, al final de este apartado hay una lista de los ¨grandes éxitos¨ de los abusos sufridos en primera persona relacionados con esto del surf y el ¨canon por usar las playas¨ que entró en vigor en 2016, y en youtube ("namarea surfexperience") algún vídeo que complementa esto (por si alguien dudase de que lo que pone aquí sea cierto).
Si quieres otra visión o punto de vista, puedes preguntar en Costas o en los ayuntamientos de Oleiros o Miño (siempre está bien contrastar la información, si es que tienen ganas de informar).
Ojalá la gente se concienciase, la administración pública y los trabajadores públicos están (o deberían estar) al servicio de los ciudadanos, para hacerles la vida más fácil, no para aprovecharse de ellos.
Igual que le pasa a una persona que sufre maltrato, los golpes no empiezan el primer día, sino que para llegar a ese punto hay un trabajo psicológico previo que lleva a la víctima a verse anulada e impotente.
Somos una sociedad maltratada, que acepta los abusos y no ve forma de acabar con ellos.
Tanto es así que mucha gente acaba defendiendo a sus abusadores, sosteniendo como único ¨argumento¨ que otros lo hacen peor, que lo hace por el bien de la sociedad, que ese orden es mejor (y necesario), que si él no lo hace lo hará otro y aún será peor, que no se pueden cambiar las cosas, que siempre ha sido así, etc.
Parece que hacer normas se ha convertido en ¨deporte nacional¨, y mucha gente no solo no las cuestiona sino que las defiende sin saber de qué tratan.
Esa gente que acepta el robo (de corbata y guardando las formas), la corrupción y los abusos, solo lo tolera si quien le ¨chulea¨ es de su ¨equipo¨, del que es un fan (y no un votante crítico).
Hay un ejemplo que suelo poner, que me parece tan fuerte como gráfico:
Imagina que te dejan elegir entre varios pederastas para que cuiden a tus hij@s. Unos más sádicos que otros, pero todos abusan. ¿A cual se los dejarías?
Nadie pondría a sus hijos en manos de un pederasta, les parecería un escándalo (lo es).
Un profesor, por muy buen docente que sea, no puede ejercitar su labor si es pederasta, si le da por los abusos.
Sin embargo, cuando esos abusos los trasladamos a los políticos, la gente no solo los elige, sino que LOS DEFIENDE, ¨argumentando¨ a menudo que los otros son peores (además, mucha gente no es capaz de ver cosas buenas en el rival ni cosas malas en su ídolo)."¿Pero tú has visto lo que hizo el otro?".
Yo no dejaría a mis hijos en manos de ningún abusador y creo que quien lo hace es porque ya está enferm@ y lo ve normal e inevitable o se siente impotente e incapaz de cambiar la situación.
Yo no concibo los abusos políticos, me da igual el equipo en el que jueguen. No defiendo camisetas, no me pagan para ello y me niego a apoyar a quien abusa, aunque sea el ¨menos malo¨.
Y esta, a día de hoy, es la sociedad en la que vivo. Para unos es España, para otros Galicia, Coruña... La situación es muy parecida: un asco (ojo, que tiene también muchísimas cosas buenas, pero intento cambiar eso que está mal y que no me parece defendible).
Por eso me da por hacer estas cosas ¨raras¨. Mientras a otra gente le da por acumular ropa en el armario, preocupándose más por lo que le falta que por lo que tiene, o mientras dedicamos mucho tiempo a pagar muchas otras cosas ¨absurdas¨, unas impuestas, otras ¨voluntarias¨, para llenar vacíos, inseguridades, para sentir que formamos parte de un grupo, a mí me da por ir a la playa con la gente y enseñarle a surfear.
Gracias a (o por culpa de) la corrupción y los abusos vividos, de gente de la Demarcación de Costas de Galicia como Rafael Eimil Apenela o Juan Antonio Noguerol Gómez, de Marcos Veiga Rodríguez, del Ayuntamiento de Oleiros, del Ayuntamiento de Miño, etc.
Si quieres, aprovecha, es gratis.
Surfearás desde el primer día (si traes el material adecuado y en tu casa eres capaz de levantarte, en la alfombra) y después te indicaré en qué playas las olas van bien para tu nivel (cada día varían las condiciones del mar).
Un ejemplo de abuso...
El 16 de julio de 2021 dos agentes (muy amables) de la Policía Local de Miño vienen a quitarme del agua, donde estaba con un@s niñ@s, enseñándoles a surfear (video en youtube), niñ@s que asustados, van a decirles a sus madres ¨que se llevan a a Fran¨.
Unos días después, uno de esos agentes me llama por teléfono para indicarme que me estaba saltando la ORDENANZA REGULADORA DO USO DAS PRAIAS DO CONCELLO DE MIÑO (BOP Coruña nº48, de 12 de marzo de 2021), en su artículo 23.2, dice que Sen prexuízo dos títulos que sexan exixibles por outras administracións publicas competentes, estarán suxeitas a previa autorización administrativa municipal as actividades de ensinanza e formación das modalidades deportiva de surf, bodyboard, longboard, paddle surf e similares, con independencia de sexan promovidas por persoas físicas ou xurídicas, con ou sen animo de lucro, e de que se perciba ou non un prezo pola prestación da actividade. Requirirán, asemade, previa autorización administrativa o aluguer ou cesión de elementos destinados a practica s de surf, windsurf, kitesurf, bodyboard, longboard, paddle surf ou similares.
Por si yo hubiese interpretado mal dicha norma, pregunté en el Ayuntamiento, y tanto ¨la encargada¨ de la misma, Emma González, como el Alcalde (Manuel Vázquez Faraldo) me corroboraron que si yo voy a ir a la playa de Miño, por ejemplo con mi sobrino, con un corcho ¨de los chinos¨ a enseñarle a hacer bodyboard, necesito un permiso específico del Ayuntamiento (video en youtube ).
Asimismo, también necesito una autorización del Ayuntamiento para prestarle mi tabla de surf a alguien (sin ninguna clase de pago a cambio).
Lo triste de todo esto es que el ciudadano está indefenso, hacer normas se ha convertido en ¨deporte nacional¨ y las hace, a menudo, gente que no está preparada, sobre materias que ya están reguladas y a menudo las regulan de forma contradictoria.
Ante esto, ya hace tiempo que he decidido cambiar las cosas, y mi forma es enseñar a la gente a surfear gratis, intentar hacer cosas, no solo quejarme en las redes sociales.
Porque cambian más el mundo tus acciones que tus opiniones, y todo se puede cambiar, pero desde el sofá de casa cuesta un poco más.
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